NTC 2050

NTC2050

a) Definiciones (sección 100)

b) Requisitos de las instalaciones eléctricas (sección 110)

c) Circuitos Ramales (sección 210)

d) Alimentadores (sección 215)

e) Acometidas (sección 230)

f) Protección contra sobrecorriente (sección 240)

g) Puesta a Tierra (sección 250)

h) Métodos de Alambrado (sección 300)

i) Conductores para instalaciones en general

Solución

  1. En esta sección nos muestran las definiciones esenciales para la aplicación general del código eléctrico colombiano y las definiciones aplicables a las instalaciones y equipos que funcionan a más de 600V nominales.

Algunas de las definiciones generales son:

  • A la vista de: cuando este código especifica que un equipo debe estar a la vista de otro equipo o lugar, significa que el equipo debe ser visible desde el otro y no debe estar a más de 15m de él.
  • A prueba de agua: construido de modo que el agua no entre en el cerramiento, en condiciones dadas de ensayo.
  • A prueba de intemperie: construido o protegido de modo que su exposición o uso a la intemperie no impida su buen funcionamiento.
  • A prueba de lluvia: construido, tratado o protegido de modo que su exposición a la lluvia no interfiera con el correcto funcionamiento de un aparato en condiciones específicas de ensayo.
  • A prueba de polvo: construido o protegido de modo que el polvo no interfiere con su buen funcionamiento.
  • Accesible (referido a métodos de alambrado): que se puede desmontar o quitar sin daños a la estructura o acabado del edificio, o que no está permanentemente cerrada por la estructura o acabado del edificio.
  • Accesible (referido a los equipos): equipo al que se puede acercar una persona: no está protegido por puerta con cerradura, por elevación ni por cualquier otro medio efectivo.
  • Accesible, fácilmente: elemento al que se puede acercar una persona fácilmente para ponerlo en marcha, cambiarlo o inspeccionarlo, sin que las personas que tengan que acercarse deban subirse a ningún obstáculo ni quitarlo, ni usar escaleras portátiles, sillas, etc.
  • Accesorio: pieza o parte de una instalación eléctrica, tal como una tuerca, una boquilla o cualquier otra parte de una canalización, cuya finalidad principal es realizar una función más mecánica que eléctrica.
  • Accionable desde fuera: que se puede accionar sin que el operario se exponga a contacto con las partes energizadas.
  • Acometida: derivación de la red local del servicio público domiciliario de energía eléctrica, que llega hasta el registro de corte del inmueble.
  • Acometida aérea: los conductores aéreos de acometida que van desde el último poste o soporte aéreo, incluidos los conectores de derivación, si los hay, hasta los conductores de entrada de acometida de la edificación u otra estructura.
  • Acometida subterránea: conductores subterráneos de la acometida desde la red de la calle, incluidos los tramos desde un poste o cualquier otra estructura o desde los transformadores, hasta el primer punto de conexión con los conductores de entrada de la acometida en el tablero general, tablero de medidores o cualquier otro tablero con espacio adecuado, dentro o fuera del muro de una edificación.
  • Alimentador: todos los conductores de un circuito entre el equipo de acometida, la fuente de un sistema derivado independiente u otra fuente de suministro de energía eléctrica y el dispositivo de protección contra sobre corriente del circuito ramal final.
  • Aprobado: aceptado por la autoridad competente.
  • Armario o gabinete: caja diseñada para instalarse de forma empotrada, sobrepuesta o auto soportada, provista de un marco, del cual se sostienen las puertas.
  • Artefacto: equipo de utilización, generalmente no industrial, que se fabrica normalmente en tamaños o tipos normalizados y que se instala o conecta como una unidad para realizar una o más funciones, como por ejemplo lavar ropa, enfriar el aire, mezclar alimentos, freír, etc.
  • Askarel: término genérico de un grupo de hidrocarburos aromáticos sintéticos, resistentes al fuego, clorados, usados como líquidos de aislamiento eléctrico.

Algunas de las definiciones para instalación de tensión nominal superior a 600V son:

  • Cortacircuitos (Cutout): conjunto de soporte para fusibles, fusibles de expulsión con portafusiles, fusible o cuchilla de desconexión. El portafusibles puede incluir un elemento conductor (filamento fusible) o puede actuar como cuchilla de desconexión si se intercala un elemento no fusible.
  • Cortacircuitos en aceite: sistema de corte en el que todo o parte del soporte del fusible, el porta fusible y la cuchilla de desconexión van montados en aceite con inmersión completa de los contactos y de la parte fusible del conductor (elemento fusible), de modo que el arco que produce la interrupción de la corriente por rotura de la parte fusible o apertura de los contactos se produce en el aceite.
  • Interruptor automático de circuito: dispositivo de maniobra capaz de abrir y cerrar un circuito y transportar corriente en condiciones normales, y de cerrar y transportar corriente durante un tiempo determinado o abrir un circuito en determinadas condiciones anormales, como en caso de cortocircuito.
  • Medios de desconexión (Disconnecting Means): dispositivo o conjunto de dispositivos por medio de los cuales los conductores de circuitos se pueden desconectar de la fuente de alimentación.
  • Seccionador: dispositivo mecánico de maniobra mediante el cual se pueden desconectar sin carga los circuitos o equipos de su fuente de alimentación.
  • Seccionador en aceite: seccionador con contactos que funcionan sumergidos en aceite o en otro líquido dieléctrico adecuado.
  • Seccionador tipo cuchilla (Regulator Bypass Switch): dispositivo específico o combinación de dispositivos destinados para puentear un regulador.
  • Fusible: dispositivo de protección contra sobre corriente con una parte fundible que abre un circuito, que se calienta y rompe cuando pasa por ella una sobrecorriente.
  • De expulsión: fusible ventilado en el que el efecto de expulsión de los gases producidos por el arco y la cañuela porta fusible, extingue el arco, solo o con la ayuda de un resorte.
  • De potencia: fusible ventilado, no ventilado o controlado en el que el arco se extingue al ser expulsado a través de un material sólido, granulado o líquido, solo o con ayuda de un resorte.
  • De potencia no ventilado: fusible sin dispositivos para el escape de los gases del arco, de líquidos o de partículas sólidas a la atmósfera durante la interrupción del circuito.
  • De potencia ventilado y controlado: fusible con dispositivos para controlarla interrupción del circuito de descarga, de modo que no liberen materias sólidas a la atmósfera que los rodea.
  • Limitador de corriente: dispositivo de protección que interrumpe una corriente de cortocircuito en menos de medio ciclo, antes de que alcance su valor total disponible, evitando que produzca daños adicionales a los equipos que está protegiendo.
  • Fusible accionado electrónicamente: dispositivo de protección contra sobrecorriente que consiste generalmente de un módulo de control con características de detección de corriente relacionadas electrónicamente con la corriente a lo largo del tiempo, energía para iniciar el disparo y un módulo de interrupción que impide el paso de la corriente cuando se produce una sobrecorriente.
  • Fusible múltiple: conjunto de dos o más fusibles unipolares.
  • Seccionador de maniobra: dispositivo diseñado para cerrar, abrir o cerrar y abrir uno o más circuitos eléctricos.
  • Algunos de los requisitos necesarios para las instalaciones eléctricas son las siguientes:
  • Aprobación: Los conductores y equipos exigidos o permitidos por este código serán aceptados solo si están aprobados.
  • Examen: Evaluación de un equipo que debe tener unas consideraciones, como:
  • Si es adecuado para su instalación y uso según lo establecido en este código.
  • Su resistencia mecánica y su durabilidad, incluida la calidad de la protección que proporcionan a otros equipos las partes diseñadas para encerrarlos y protegerlos.
  • El espacio para los bucles de cables y las conexiones.
  • El aislamiento eléctrico.
  • Los efectos del calentamiento en condiciones normales de uso y también en condiciones anormales que puedan presentarse durante el servicio.
  • Los efectos de los arcos eléctricos.
  • Su clasificación por tipo, tamaño, tensión, capacidad de corriente y uso específico.
  • Otros factores que contribuyan a la salvaguardia de las personas que utilicen o que puedan entrar en contacto con el equipo.
  • Instalación y uso: Los equipos certificados o rotulados se deben instalar y usar según las instrucciones incluidas en el certificado o en el rótulo.
  • Tensiones. A lo largo de este código, las tensiones consideradas deben ser aquéllas a las que funcionan los circuitos.
  • Conductores: Los conductores normalmente utilizados para transportar corriente deben ser de cobre, a no ser que en este código se indique otra cosa. Si no se especifica el material del conductor, el material y los calibres que se den en este código se deben aplicar como si fueran conductores de cobre. Si se utilizan otros materiales, los calibres se deben cambiar conforme a su equivalencia.
  • Condición del aislamiento: Todos los conductores eléctricos deberán quedar instalados de manera que el sistema completo esté libre de cortocircuitos y de contactos a tierra distintos de los necesarios.
  • Conexiones eléctricas: Debido a las distintas características de metales disímiles, los dispositivos como terminales a presión o conectares a presión y lengüetas soldadas se deben identificar en cuanto al material del conductor y deben estar bien instalados y utilizados.
  • Espacio alrededor de los equipos eléctricos (para 600 V nomínales o menos): Alrededor de todos los equipos eléctricos debe existir y se debe mantener un espacio de acceso y de trabajo suficiente que permita el funcionamiento y el mantenimiento fácil y seguro de dichos equipos.

            Algunos requisitos para instalaciones eléctricas de mas de 600V nominales son:

  • Generalidades: Los conductores y equipos usados en circuitos de más de 600 V nominales deben cumplir todas las disposiciones aplicables de los anteriores artículos de la sección y de los siguientes artículos, que complementan o modifican a las anteriores.
  • Encerramiento de las instalaciones eléctricas: Las instalaciones eléctricas en cuartos, habitaciones o armarios o en una zona rodeada por una pared, pantalla o cerca, cuyo acceso esté controlado por cerradura y llave u otro medio aprobado, se considerarán accesibles únicamente a personas calificadas.
  • Espacio de trabajo alrededor de los equipos: Alrededor de todos los equipos eléctricos debe existir y se debe mantener un espacio de acceso y de trabajo suficiente que permita el funcionamiento y el mantenimiento fácil y seguro de dichos equipos.
  • Límites de temperatura en los puntos de conexión: Si no existen otras identificaciones, se debe permitir que los conductores terminen basados en una temperatura nominal de 90°C.
  • Espacio de trabajo y resguardo:
  • Circuitos Ramales:
  • Esta sección trata de los requisitos de instalación, de la capacidad de corriente y del calibre mínimo de los conductores de los alimentadores que suministran corriente a los circuitos ramales.
  • Capacidad de corriente y calibres mínimos:

Los calibres mínimos deben ser los especificados en los siguientes apartados a) y b) en las condiciones estipuladas. Los conductores del alimentador de una unidad de vivienda o una vivienda móvil no tienen que ser de mayor calibre que los conductores de acometida.

  • Para circuitos específicos: La capacidad de corriente de los conductores del alimentador no debe ser menor a 30 A cuando la carga servida consista en alguno de los siguientes números y tipos de circuitos: 1) dos o más circuitos ramales bifilares servidos por un alimentador bifilar; 2) más de dos circuitos ramales bifilares servidos por un alimentador trifilar; 3) dos o más circuitos ramales trifilares conectados aun alimentador trifilar o 4) dos o más circuitos ramales tetrafilares conectados a un alimentador trifásico tetrafilar.
  • Capacidad de corriente relativa a los conductores de entrada de acometida: La capacidad de corriente de los conductores del alimentador no deberá ser menor a la de los conductores de entrada de acometida cuando los conductores del alimentador transporten toda la corriente suministrada por los conductores de entrada de acometida con una capacidad de corriente de 55 A o menos.
  • Alimentadores con neutro común: Se permite que los alimentadores que contengan un neutro común alimenten dos o tres grupos de alimentadores trifilares o dos grupos de alimentadores tetra o pentafilares.
  • En conductos o encerramientos metálicos: Cuando estén instalados en un conducto u otro encerramiento metálico, todos los conductores de todos los alimentadores con un neutro común deberán estar encerrados en el mismo conducto u otro encerramiento.
  • Diagramas de los alimentadores: Si lo exige la autoridad competente, antes de la instalación de los alimentadores se debe presentar un diagrama que recoja los detalles de dichos circuitos.
  • Medios de puesta a tierra del conductor del alimentador: Cuando un alimentador esté conectado a circuitos ramales que requieran conductores de puesta a tierra de los equipos, el alimentador deberá tener o prever un medio de puesta a tierra al que se deben conectar los conductores de puesta a tierra de los equipos de los circuitos ramales.
  • . Esta Sección trata de los conductores y equipos de acometida para el control y protección de las acometidas y sus requisitos de instalación.
  • Número: Un edificio u otra estructura a la que llegue la corriente eléctrica, debe tener sólo una acometida.
  • Cuando un edificio o estructura esté alimentado por más de un circuito alimentador o ramal o por una combinación de circuitos alimentadores, ramales y acometidas, en cada lugar de desconexión del circuito alimentador y cada uno de los ramales se debe instalar una placa o directorio permanente que indique todos los demás circuitos alimentadores, ramales y acometidas que alimentan al edificio o estructura y la zona cubierta por cada uno de ellos.
  • Una edificación o una estructura no deben estar alimentadas desde otra: Los conductores de acometida de una edificación o una estructura no deben pasar a través del interior de otro edificio o estructura.
  • Otros conductores en canalizaciones o cables. Los conductores que no sean los de acometida no se deben instalar en la misma canalización ni cable que los de la acometida.
  • Excepciones: Conductores de puesta a tierra y puentes de conexión equipotencial.Conductores de los equipos de control de carga que tengan protección contra sobrecorriente.
  • Sellado de las canalizaciones: Cuando una canalización de acometida entre desde la red de distribución subterránea, se debe sellar. También se deben sellar las canalizaciones libres o no utilizadas. Los sellantes deben estar identificados para utilizarlos con aislamiento de cables o blindaje u otros componentes.
  • Esta Sección tratan de los requisitos generales de la protección contra sobrecorriente y los dispositivos de protección contra sobrecorriente de no más de 600 V nominales.
  • Protección de los conductores. Los conductores que no sean cordones flexibles y cables de artefactos eléctricos, se deben proteger contra sobrecorriente según su capacidad de corriente.
  • Protección de los cordones flexibles y cables de artefactos. Los cordones flexibles, incluidos los decorativos y las extensiones, se deben proteger contra sobrecorriente según su capacidad de corriente.
  • Dispositivos térmicos: Los relés térmicos y otros dispositivos no proyectados para abrir cortocircuitos no se deben usar para la protección de conductores contra sobrecorrientes producidas por cortocircuitos o fallas a tierra, pero se permite su uso para proteger contra sobrecargas a los conductores de los circuitos de motores si están protegidos.
  • Conductores puestos a tierra. Ningún dispositivo de protección contra sobrecorriente se debe conectar en serie con un conductor que esté intencionalmente puesto a tierra.
  • Cambio en calibre del conductor puesto a tierra. Cuando se produzca un cambio de calibre del conductor no puesto a tierra, se permite hacer un cambio similar en el calibre del conductor puesto a tierra.
  • Esta Sección trata de los requisitos generales de puesta a tierra y de conexiones equipotenciales de las instalaciones eléctricas y de los requisitos específicos que se indican a continuación:
  • Sistemas, circuitos y equipos que se exige, se permite o no se permite que estén puestos a tierra.
  • El conductor del circuito que debe ser puesto a tierra en los sistemas puestos a tierra.
  • Ubicación de las conexiones de puesta a tierra.
  • Tipos y calibres de los conductores de puesta a tierra, de los conductores de conexión equipotencial y de los electrodos de puesta a tierra.
  • Métodos de puesta a tierra y de conexión equipotencial.
  • Condiciones en las cuales los encerramientos de protección, distanclas de seguridad eléctrica o aislamiento hacen que no se requiera puesta a tierra.

         Puesta a tierra de circuitos y sistemas eléctricos:

  • Bifilares: Los sistemas de c.c. bifilares que den suministro a los predios, se deben poner a tierra.
  • Trifilares: Se debe poner a tierra el conductor neutro de todos los sistemas de c.c. trifilares que alimenten a los predios.
  • Instalaciones de corriente alterna de 50 a 1.000 V: Los sistemas de c.a. entre 50 y 1000 V que alimenten alambrado de predios y sistemas de alambrado en predios, deben estar puestos a tierra en cualquiera
  • Generadores portátiles: No se exige que el armazón de un generador portátil se ponga a tierra y se permite que sirva como electrodo de puesta tierra de un sistema alimentado por el generador, con las siguientes condiciones 1) y 2): 1) Que el generador alimente solamente equipos montados en el propio generador o equipos conectados con cordón y clavija por medio de tomacorrientes montados en el generador, o ambas cosas. 2) Que las partes metálicas no portadoras de corriente de los equipos y los terminales del CÓDIGO ELÉCTRICO COLOMBIANO NTC 2050 (Primera actualización) Capítulo 2 104 conductor de puesta a tierra de los equipos en los tomacorrientes se conecten equipotencialmente al armazón del generador.
  • Generadores montados en vehículos: Se permite que el chasis del vehículo sirva como electrodo de puesta a tierra del sistema alimentado por el generador montado en el vehículo,
  • Encerramientos y canalizaciones de la acometida: Se deben poner a tierra los armarios y canalizaciones metálicos de los conductores de la acometida.
  • Equipos fijos o conectados por métodos de alambrado permanente. Las partes metálicas expuestas no portadoras de corriente de los equipos fijos que se puedan llegar a energizar, se deben poner a tierra si se da cualquiera
  • A través de alambre o banda flexible independiente. A través de un alambre o banda flexible independiente, desnudo o aislado, protegido en la medida de lo posible contra daños físicos, cuando forme parte del equipo.

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